Convenio Colectivo Almacenistas de Alimentación Al Por Mayor de Castellón

Características

Afecta a miles de trabajadores
Vigencia:
2019/01/01 - 2021/12/31

Duración: TRES AÑOS

Publicación:

2023/02/09

BOP CASTELLÓN 17

ACTA

Ámbito: Provincial
Área: Castellón
Código: 12000165011965
Actualizacion: 2023/02/09
Convenio Colectivo Almacenistas De Alimentación Al Por Mayor. Última actualización a: 09-02-2023 Vigencia de: 01-01-2019 a 31-12-2021. Duración TRES AÑOS. Última publicación en BOP CASTELLÓN 17 del tipo: ACTA.

El contenido puede mostrar el convenio anterior (comparar), revisa el índice para ir al actual.

CONVENIO COLECTIVO (DOGV Núm. 9515 / 19.01.2023)

Este Convenio Colectivo ha sido sustituido por el de “Almacenistas de Alimentación de las provincias de Castellón y Valencia” , publicado en el DOGV Num. 9515 / 19.01.2023.

ACTA (BOP 17 – 9 de febrero de 2023)

Resolución y acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para el sector de Almacenistas de Alimentación de la provincia de Castellón, cód. 12000165011965.

Vista el Acta de fecha 20 de enero de 2023, de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo para el sector de ALMACENISTAS DE ALIMENTACIÓN de la provincia de Castellón, código 12000165011965, presentada en esta Dirección Territorial en fecha 24 de enero de 2023.

De conformidad con lo dispuesto los artículos 89 y 90 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, así como en el art. 2.1º del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad y los artículos 3 y 4 de la Orden 37/2010, de 24 de septiembre, por la que se crea el Registro de la Comunitat Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo y de acuerdo con las competencias legalmente establecidas en el artículo 13.3 de la ORDEN 10/2022, de 26 de septiembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, mediante la que se desarrolla el Decreto 175/2020, del Consell, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.

Esta Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo,

ACUERDA:

Primero: Ordenar su inscripción en este registro de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con notificación a la representación de la comisión negociadora, así como el depósito del texto del acuerdo.

Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Castelló de la Plana a 31 de enero de 2023 DIRECTOR TERRITORIAL DE ECONOMIA SOSTENIBLE, SECTORES PRODUCTIVOS, COMERCIO Y TRABAJO. JOSE VICENTE ANDRES PEÑARROJA

ACTA DE LA COMISION NEGOCIADORA DEL CONVENIO DE COMERCIO DE ALMACENISTAS DE ALIMENTACION DE LA PROVINCIA CASTELLON.

En Valencia a 20 de enero de 2023, siendo las 13`00 horas, reunidas en la sede de la Federación Empresarial de Agroalimentación de la Comunitat Valenciana (FEDACOVA), sitos en la Calle Hernán Cortés, 4-1ª planta, de Valencia-46004, de una parte, la representación empresarial, y de otra, la representación social, al final citadas, la Comisión Negociadora del convenio colectivo de trabajo del sector de Almacenistas de Alimentación de la provincia de Castellón (código 12000165011965).

ACUERDAN:

Una vez publicado con fecha 19 de enero de 2023 en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, el convenio colectivo de Almacenistas de Alimentación de Castellón y Valencia, con número de inscripción 80100235012022 del cual todos los integrantes de esta comisión paritaria han formado parte.

Dar por finalizadas las negociaciones de un convenio provincial acogiéndose en su integridad al nuevo convenio antes citado.

Dar traslado a la autoridad laboral de este acuerdo para que remitan cualquier referencia al convenio provincial sea trasladado al convenio autonómico.

Los firmantes de este acta en representación de las organizaciones que constituyen la mesa negociadora, han acordado autorizar al Sr. D Vicente Martínez Trenco, con D.N.I. nº **.356.9***; a los efectos de que procedan a realizar los trámites necesarios ante el Registro de convenios colectivos dependiente de la Autoridad Laboral para su registro, inscripción y solicitud de resolución aprobatoria del mismo y publicación en el Boletín Oficial provincial.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, suscriben el presente acta en el lugar y fecha al inicio indicados.

Las tablas puede mostrar años anteriores (comparar), desplaza hasta ver el año en curso

CONVENIO COLECTIVO DE ALMACENISTAS DE ALIMENTACIÓN AL POR MAYOR DE CASTELLÓN







CONVENIO COLECTIVO (BOP 147 - 8 de diciembre de 2020)







Artículo 22. Jornada laboral

... jornada anual de 1800 horas de trabajo efectivo, ...






Artículo 33. Complementos de puesto de trabajo

1. Se establece un complemento de nocturnidad de un 10% sobre el valor de la hora ordinaria ..
2. Plus de Cámaras frigoríficas y de congelación: ... plus del 22% del salario convenio






Artículo 34. Dietas y gastos de locomoción

... precio mínimo de 0,19 euros/km., ...






ANEXO I SOBRE RETRIBUCIONES DESDE 01/01/2019




Figuras profesionales Anual 2019 (euros)



Jefe de personal, jefe de ventas, jefe de compras y Encargado general. 16.004,70
Jefe de sucursal y supermercado, jefe de almacén. 14.964,30
Jefe de grupo, jefe de sección mercantil, encargado de Establecimiento, vendedor/comprador. 14.475,00
Viajante. 14.291,70
Corredor de plaza, dependiente. 14.005,65
Ayudante. 13.292,85
Jefe administrativo 16.003,20
Jefe de sección administrativo 14.679,00
Contable, cajero o taquimecanógrafo en idioma extranjero, Oficial administrativo u operador de

máquinas contables 13.354,20
Profesional de oficio de 1ª 13.822,35
Profesional de oficio de 2ª 13.523,55
Mozo especializado 13.231,95
Empaquetadora, mozo 13.109,10
Vigilante, sereno, ordenanza y portero 13.109,10
Personal de limpieza (salario hora) SMI



Otros conceptos 2019

Antigüedad (artículo 31) 13,55
Media Dieta (artículo 34.1) 12,18
Media Dieta (fuera de la C. Valenciana) 14,05
Dieta completa (artículo 34.1) 25,35
Dieta completa (fuera de la C. Valenciana) 25,99






ANEXO II SOBRE RETRIBUCIONES DESDE 01/01/2020 (Valores en Euros)




Grupo profesional Nivel retributivo Anual 2020 x 15 pagas



V 0 15.084,01
IV 0 14.590,80
III N1 14.117,70
III N2 13.461,03
II 0 13.399,19
I SMI 13.300,00



Otros conceptos 2020

Antigüedad (artículo 31) 13,66
Vacaciones (artículo 27.2) 219,29
Media Dieta (artículo 34.1) 13,45
Dieta completa (artículo 34.1) 26,88












REVISIÓN SALARIAL (BOP 148 - 11 de diciembre de 2021)




RETRIBUCIONES DESDE 01/01/2021 (Valores en Euros)




Grupo profesional Nivel retributivo Anual x 15 pagas desde 01 / 01 / 2021
V - 15.100,00
IV - 14.600,00
III N1 14.120,00
III N2 13.673,57
II - 13.600,00
I - 13.510,00



Otros conceptos 2021

Gratificación adicional vacaciones (artículo 27.2) 219,29
Media Dieta (artículo 34.1) 13,45
Dieta completa (artículo 34.1) 26,88









CONVENIO COLECTIVO (DOGV Núm. 9515 / 19.01.2023)







Este Convenio Colectivo ha sido sustituido por el de “Almacenistas de Alimentación de las provincias de Castellón y Valencia” , publicado en el DOGV Num. 9515 / 19.01.2023.