Ayuda Escolar Curso 2017-18

Os informamos que a partir del próximo 1 de Octubre se podrán solicitar las siguientes ayudas, a través del Portal del Empleado directamente o mediante el mismo acceso en nuestra APP.
Adjuntamos los artículos de nuestro III Convenio Colectivo de Cobega Embotellador S.L.U, a los cuales hacemos referencia.
En caso de duda, no dudéis en preguntar a cualquiera de los miembros de CCOO, de los diferentes centros de trabajo de Catalunya.
Artículo 46º.- Ayuda escolar ordinaria.- 1. La Empresa abonará una ayuda de 126,87 Euros anuales por curso escolar e hijo/a, con edades comprendidas entre los 0 y los 23 años ambos inclusive, y que cursen sus estudios en centro reconocido, al personal fijo de plantilla, al personal fijo discontinuo en alta y en proporción al tiempo trabajado el año anterior, y al personal con contratos temporales en alta y en proporción al tiempo trabajado en virtud del último contrato.
2. Se considerará, a efectos de dicha ayuda, la edad cumplida en fecha 30 de septiembre.
3. Al inicio del curso escolar, el trabajador/a que crea tener derecho a la prestación recogida en este artículo, vendrá obligado a cumplimentar la correspondiente solicitud, acompañada de la oportuna certificación escolar o documento análogo expedido por el centro en el que su hijo/a curse los estudios.
Artículo 47º.- Ayuda por escolarización especial.- 1. La Empresa complementará la suma establecida en el artículo anterior con el pago de 3.300 Euros anuales, en aquellos casos de hijos/as de trabajadores/as fijos de plantilla, de fijos discontinuos en alta y en proporción al tiempo trabajado el año anterior, y de contratos temporales en alta y en proporción al tiempo trabajado en virtud del último contrato, que por sus particulares condiciones deban asistir a centros especializados, o precisen de atención permanente.
2. Se considerarán minusválidos a los efectos de esta ayuda los hijos/as que se hallen reconocidos como beneficiarios de cualquiera de las prestaciones de minusvalía del Servicio de Asistencia a Minusválidos, y no trabajen por cuenta propia o ajena.
3. Para tener derecho a esta ayuda deberá efectuarse la oportuna solicitud cumplimentando el formulario previsto al efecto y adjuntando la siguiente documentación:
a) Certificado-dictamen extendido por el médico que atiende al hijo/a.
b) Recibo acreditativo del colegio o centro que facilite la educación especial, o documento que acredite la contribución al mantenimiento del centro, o documento que le acredite como beneficiario del Servicio de Asistencia a Minusválidos.

Martorelles, a 26 de Septiembre del 2017