¿Necesitas adaptar tu jornada? Tienes derecho

Permite a las personas trabajadoras modificar para así poder adaptar la duración o distribución de su jornada, incluyendo la posibilidad de trabajar a distancia, para conciliar su vida personal, familiar y laboral.

Es el derecho a cambiar cómo y cuándo trabajas para poder conciliar tu vida personal, familiar y laboral.
Puedes pedir:

  • Cambios en el horario de entrada o salida.
  • Modificar la distribución del tiempo de trabajo.
  • Pasarte a jornada continuada o partida.
  • Solicitar teletrabajo parcial o total.

Todo esto sin reducir tu jornada ni tu salario.

Cualquier persona trabajadora que necesite conciliar por:

  • Hijas e hijos menores de 12 años
  • Cuidado de familiares hasta segundo grado (padres, madres, abuelos/as, hermanos/as…)
  • Personas dependientes con quien convivas
  • Pareja o cónyuge

No hace falta tener una reducción de jornada ni demostrar una situación extrema. Basta con acreditar la necesidad de conciliar.

Tras la aprobación de la directiva europea sobre conciliación familiar, se modificó el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores (ET), concretando el “derecho a solicitar” adaptaciones por motivos de conciliación de la vida laboral y familiar:

Aquí compartimos algunas de las preguntas frecuentes que nos pueden surgir.










CCOO en Biosystems
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