CALENDARI LABORAL 2019-2020

CALENDARI LABORAL 2019-2020


Aquest curs 2019-2020 gaudirem de 27 dies de vacances ( Nadal i Setmana Santa) i pels dies que cotitzarem ( un total de 282 dies) ens pertoquen 23’18 dies de vacances.

El 4% de la jornada indirecta que ve marcada en el l’article 49 del III Conveni del Lleure Educatiu i Sociocultural de Catalunya.

Treballant 2’30 hores diàries de menjador escolar, al llarg de curs has de fer 17’60 hores de jornada indirecta.
Treballant 2 hores diàries de menjador escolar, al llarg del curs has de fer 14’08 hores de jornada indirecta.

Així doncs els dies que hem gaudit de més de vacances i la jornada que hem realitzat de més, en tots els casos si has fet tota la jornada indirecta corresponent l’empresa hem deurà com a treballadora 4’61 dies de vacances. Aquests càlculs estan comptats des de l’inici fins a final de curs.

Que és jornada indirecta? són reunions, preparació de tallers, informes, planificació d’activitats, programació, si aquestes activitats les realitzes fora del teu horari laboral, això són les hores indirectes.


                 #LaTevaVeu          #LaNostraForça

                   #ElsDretsEsDefensenOEsPerden



Aquest any el calendari anirà acompanyat del següent text:

CALENDARIO LABORAL CURSO ESCOLAR 2019/2020
(PROVINCIA DE BARCELONA):
 Los trabajadores que realicen horas indirectas, deberán justificar la realización de 
dichas horas de conformidad con los siguientes mecanismos:

     1-      Informes: la empresa entiende que los trabajadores dedican 2 horas/trimestre 
     para la realización de los informes.

     2-  Reuniones: la empresa convocará a los trabajadores para la asistencia a las 
    reuniones, siendo válido la forma que habitualmente vienen siendo convocados 
    (whatsapp, tfno., correo electrónico…). Los trabajadores convocados deberán firmar 
     la hoja de asistencia que habitualmente vienen firmando, o en su defecto, el 
     registro de jornada con la correspondiente especificación, y con ello, se 
     entenderá justificado.

     3- Talleres: el procedimiento es el mismo que para las reuniones. En primer 
    lugar, se solicitarán voluntarios, quienes deberán firmar la hoja de asistencia o 
    registro de jornada correspondiente, y con ello se entenderá justificado.
Aquellos trabajadores que justifiquen la realización del 4% de las horas 
indirectas, generarán 4,61 días de descanso adicional, que se disfrutará de 
común acuerdo entre el trabajador y la Dirección de la Compañía, no 
pudiendo acumularse a las vacaciones y limitando su disfrute sin que concurra 
en un mismo centro y mismo día más de un trabajador, salvo que 
organizativa y operativamente sea viable (excursiones, puentes, etc.) y siempre 
que se solicite con la máxima antelación posible. Dicho acuerdo deberá 
producirse con una antelación de 15 días. En caso de desacuerdo entre 
empresa y trabajador, dos días se disfrutarán a elección del trabajador, y otros 
dos días a elección de la empresa. En este supuesto, se deberá respetar por 
ambas partes, el preaviso de 15 días.