Tienes derecho a la suspensión de tu contrato durante un periodo de 6 meses.
Si por tutela judicial la efectividad del derecho de protección de la víctima requiriese la continuidad de la suspensión, el juez podrá prorrogar la suspensión por periodos de tres meses, con un máximo de dieciocho meses.
Medidas para facilitar la conciliación de las trabajadoras y trabajadores víctimas de la violencia de género:
- Acceso a jornada reducida o horario flexible.
- Preferencia en la solicitud de traslado por ocupar un lugar de Grupo equivalente, con derecho a reserva de su antiguo puesto de trabajo durante seis meses.
- Posibilidad de suspender el contrato entre 6 y 18 meses.
- Las ausencias y faltas de puntualidad se considerarán justificadas, si así lo acreditan los servicios sociales o de salud.
- Permiso de 3 meses en casos que sea necesario el alejamiento del domicilio familiar.
- Traslado momentáneo o definitivo a otras empresas del grupo, a petición de la víctima, teniendo en cuenta las preferencias y necesidades del/de la mismo/a. Si eso no fuera posible, tendrán derecho a un permiso retribuido de 3 meses aquellos casos en que sea necesario el alejamiento del domicilio familiar.