En el caso de nacimiento de hijos/as prematuros/as o que por alguna causa deben permanecer hospitalizados/as a continuación del parto, la madre o el padre tendrá derecho a ausentarse del trabajo durante 1 hora mientras el bebé permanezca en el hospital.
Esta licencia será incompatible con el disfrute de cualquier otro permiso o licencia que tengas o puedas tener concedido.
En los casos de parto prematuro y en aquellos en que, por cualquier otra causa, el neonato deba permanecer hospitalizado a continuación del parto, el periodo de suspensión podrá computarse, a instancia de la madre, o en su defecto, del otro progenitor, a partir de la fecha del alta hospitalaria. Se
excluyen de dicho cómputo las seis semanas posteriores al parto, de suspensión obligatoria del contrato de la madre.